PREOCUPACIÓN EN LA COMUNIDAD EDUCATIVA

Ha producido un gran impacto mediático y preocupación en la comunidad educativa la propuesta del Ministerio de Educación de modificar la Ley Orgánica de Educación. En realidad, dada la conocida debilidad de este gobierno, puede que se trata únicamente de una declaración de intenciones, como está pasando en otros muchos temas, se realizan anuncios que se sabe que no pueden llegar a buen término, pero que pretenden dar la sensación de que se está gobernando. No obstante, no podemos confiarnos, pues detrás de esta reforma hay algo más.

Ante todo se ha abierto el camino a la que puede ser la octava Ley Orgánica de Educación (6 implantadas desde el PSOE y dos desde el PP, si bien ninguna de estas dos se llegó a aplicar totalmente). Parece que el gobierno sigue el camino, fracasado hasta el momento, de establecer una Ley de Educación desde el Gobierno, con mayor o menor apoyo parlamentario, pero sin el necesario consenso en la comunidad educativa y abandona el camino abierto y necesario y así demandado desde hace años como elemento esencial para conseguir la tan necesaria estabilidad legal en materia de educación, de llegar a un pacto educativo social y político. Repito, social y político, no solo político. Es decir la necesidad política prima y del alguna forma olvida, una vez más, la realidad educativa y social.

Desde el enfoque del quinto derecho, el derecho a la participación, el camino del pacto por la educación, con intervención de toda la comunidad educativa, sobre todo si tenemos en cuenta la experiencia vivida, es mucho más correcto que la solución meramente política.

Los poderes públicos deben velar por el bien común de sus ciudadanos, tanto como colectivo social, haciendo posible que la educación llegue a todos en régimen de igualdad, para lo cual es necesaria un enseñanza pública bien implantada y con los recursos necesario, como en su consideración de personas, titulares de derechos individuales, con el derecho y la capacidad de elegir el tipo de educación que se quiere tener. Son dos principios, igualdad y libertad, irrenunciables y poner todo el peso de la educación solo en uno, o pretender desconocer su necesaria complementariedad perjudicaría la calidad de la educación y daría lugar a un sistema educativo desequilibrado y con importantes carencias. La constitución española en su art.27, 3 y 5 utiliza en ambos casos la misma expresión: los poderes públicos garantizarán

Muy posiblemente, la incapacidad de la clase política para armonizar estos dos aspectos sea la causa última que ha impedido hasta el momento la consecución del tan deseado pacto educativo.

Los poderes públicos, en cumplimientos de sus obligaciones, deben garantizar una oferta pública suficiente, pero al mismo tiempo, no debe considerarse omnipresente. Debe permitir e incluso fomentar la iniciativa social, especialmente en aquellos aspectos más necesarios para el normal desarrollo de la sociedad. La realidad social es mucho más amplia, rica y variada que la realidad política y por tanto debe tener campos de desarrollo más amplios, ricos y variados y es en el ámbito educativo en donde mejor se puede materializar esta realidad.

La educación es un servicio público, pero no es propiedad de los poderes públicos. La educación es un derecho de los ciudadanos y por tanto los poderes públicos deben escucharlos y estar a su servicio .Los poderes públicos tiene como obligación, garantizar la enseñanza, para ello les corresponde realizar la programación general de la enseñanza, pero con un matiz importante: la participación efectiva de todos los sectores afectados (art. 27,5 de la Constitución) y un límite, más importante aun, pues los mismos poderes públicos tienen la obligación de garantizar el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones (Art. 27,3).

En este sentido, últimamente ha surgido una tendencia a poner el acento en el titular del derecho a la educación, que es el alumno, pero desligándolo de su representante natural, la familia, abrogando a favor del los poderes públicos su representación. Se crea así la paradoja de que, los padres tenemos obligaciones y responsabilidades hacia nuestros hijos que se mantienen incluso después de la mayoría de edad, obligaciones que nos corresponden no solo por nuestra paternidad, sino desde el ámbito del derecho positivo (se han visto sentencias en virtud de la cual un padre tiene que seguir alimentando y costeando sus estudios a su hijo hasta edades muy tardías) y sin embargo los poderes públicos pretenden asumir la titularidad del los derechos, ser los defensores de los derechos de los menores, incluso por delante de los padres.

Se olvida con este planteamiento que los servicios públicos están al servicio de los ciudadanos. No son titulares de derechos, son instituciones al servicio de la comunidad. Deben buscar el bien de la comunidad, pero sin olvidar nunca y respetando siempre los derechos individuales.

La representación de nuestros hijos nos corresponde en primer lugar a los padres, los poderes públicos deben colaborar con nosotros, ayudarnos, llegar a donde nosotros no podemos llegar, estableciendo un sistema educativo igualitario e inclusivo, pero nunca, nunca, sustituirnos, anteponer su visión de la realidad o su ideología a la nuestra. Dentro de los contenidos educativos en los que intervienen los poderes públicos es fundamental deslindar aquellos que tiene que ver con una educación ciudadana, encarnada en la enseñanza de los valores constitucionales y reglas de conducta cívica, de la enseñanza de contenidos de carácter puramente moral, cuya iniciativa corresponde a la familia y en la que no debe intervenir los poderes públicos. No es misión de los poderes públicos dar una educación moral.

La escuela, como centro educativo,  es el punto de conexión entre los poderes públicos, a los que corresponde la programación de la enseñanza, y las familias, a las que corresponde la formación moral de sus hijos, debe aplicar las directrices de los primeros y ser exquisitamente respetuosa con las segundas, lo que supone seguir el principio de neutralidad ideológica, en los centros de titularidad pública y la aplicación de su ideario, en los centro escogidos por tal motivo por las familias. Es tan necesaria la intervención de los poderes públicos en el sistema educativo, como que estos sean respetuosos.

La reforma pretendida por el gobierno, fortalece la importancia de los Consejos Escolares de los Centros, lo que es positivo desde el punto de vista de la participación, aunque hay mucho que trabajar para que los Consejos Escolares sean realmente, no a nivel meramente teórico, lo que la norma y la misma filosofía de su existencia quieren que sean.

Por el contrario, los poderes públicos quieren incrementar su capacidad de gestión, lo cual es totalmente contrario a la necesaria participación. Por un lado quiere eliminar toda la referencia a la demanda social en la planificación de la enseñanza; es decir en el binomio existente entre el poder de los poderes públicos para programar la enseñanza y la necesidad de atender y oir a la ciudadanía en la forma en la que quieren esa educación, supone inclinar la balanza totalmente a favor de los poderes públicos.

Y una vez que tiene el Estado el poder, la capacidad de decisión, ¿Qué pretende hacer la reforma? Ceder una parte muy importante de ese poder a las autonomías, con una especial incidencia sobre el uso que se ha de hacer sobre el lenguaje vehicular que se ha de adoptar a la hora de desarrollar los contenidos educativos. En el momento actual, ¿hay alguna duda de que peaje se está pagando?. Frente a este planteamiento quizás ya ha llegado el momento de realizar una seria reflexión:

Sobre la Constitución Española de 1978 se construyó el Estado de las Autonomías, las transferencias en materia de educación ya llevan casi 20 años de andadura en los casos más recientes. El Estado de las Autonomías era un sistema político nuevo, cuyo desarrollo y efectos no eran enteramente predecibles cuanto se instituyo y que, por el tiempo pasado, ya hay una cierta experiencia en la gestión autonómica de la educación. En base a la experiencia que ya existe, es necesario hacer una evaluación seria de las ventajas y posibles inconvenientes que el traspaso de competencias en educación está teniendo.

En el caso de las ventajas y dada las diferencias entre los sistemas educativos de las distintas autonomías, podrá servir para un mejor conocimiento de las diversas soluciones adoptadas por las comunidades autónomas y así aprender unas de otras.

En el caso de descubrir ineficiencias del sistema, estudiar los aspectos en los que es necesaria una mayor coordinación y buscar soluciones. No debe suponer la supresión de competencias, pero si debe servir para unificar criterios y que los ciudadanos, verdaderos titulares del derecho a la educación, no sufran discriminación o perjuicios en el ejercicio de su derecho según viva en un lugar u otro de España. Se trata de caminar hacia una mayor homogeneización y calidad de la enseñanza en sus resultados finales, en base a la experiencia existente. Las razones políticas deben buscar su armonización con las razones pedagógicas y educativas y no olvidarlas nunca.

Por último, señalar que la participación de los padres en la educación de sus hijos es un derecho, pero también y al mismo nivel un deber. Cuando los padres no utilizamos los cauces asociativos necesarios para el ejercicio de este derecho, cuando no participamos en las elecciones a los Consejos Escolares de los centros, cuando no formamos parte de las Ampas, de sus federaciones y confederaciones, estamos haciendo una dejación del ejercicio de nuestro derecho que será aprovechado por los poderes públicos y por otro tipo de organizaciones para aplicar sus planteamientos.